Recursos para empleadores · Seguridad social

Guía de obligaciones del empleador ante la TSS

Qué debe hacer una empresa en República Dominicana para cumplir con la Tesorería de la Seguridad Social: registro, novedades, aportes, topes 2026, plazos de pago y recargos.

Actualizado: 22 de septiembre de 2026 · Fuentes: TSS, DIDA e INFOTEP

Todo empleador del régimen contributivo del Sistema Dominicano de Seguridad Social (SDSS) debe registrar su empresa y a sus trabajadores, reportar cada mes los cambios de su nómina y pagar a la TSS los aportes del empleador junto con lo retenido a cada trabajador. Todo se gestiona en línea en el Sistema Único de Información y Recaudo (SUIR).

Las 6 obligaciones del empleador, paso a paso

  1. Registrar la empresa en la TSS. El registro es gratuito y se hace en línea desde el portal de servicios de la TSS.
  2. Registrar a cada trabajador antes de que empiece. La TSS indica que el ingreso debe reportarse a más tardar el día anterior al inicio de labores, para que la cobertura de riesgos laborales aplique desde el primer día.
  3. Reportar las novedades del mes. Ingresos, salidas, cambios de salario y otras novedades determinan el monto de la notificación de pago.
  4. Retener la parte del trabajador para pensiones y salud, según las tasas vigentes.
  5. Pagar la notificación a tiempo: hasta el tercer día laborable del mes siguiente. Las notificaciones se generan a partir del día 20 de cada mes.
  6. Conservar los soportes de nómina, retenciones y pagos, y revisar que coincidan con lo reportado.

¿Cuánto se aporta? Tasas del régimen contributivo

Seguro / aporteEmpleadorTrabajadorTotal
Pensiones · Seguro de Vejez, Discapacidad y Sobrevivencia (SVDS)7.10 %2.87 %9.97 %
Seguro Familiar de Salud (SFS)7.09 %3.04 %10.13 %
Seguro de Riesgos Laborales (SRL)1 % + 0.1 % a 0.3 %1.1 % a 1.3 %
INFOTEP (recaudado vía SUIR)1 % de la nómina0.5 % de las utilidades anuales

Fuentes: DIDA, generalidades del SDSS e INFOTEP, financiamiento. El SRL tiene una cuota básica fija de 1 % más una cuota variable de 0.1 % a 0.3 %.

En la práctica, el costo del empleador ante la TSS e INFOTEP ronda entre 16.3 % y 16.5 % del salario cotizable (7.10 % + 7.09 % + SRL + 1 % INFOTEP), dentro de los topes vigentes.

Topes de cotización 2026

Los aportes se calculan sobre el salario reportado, hasta un tope por seguro. Desde el 1 de febrero de 2026, con un salario mínimo nacional de referencia de RD$23,223.00:

SeguroMúltiploTope mensual desde 1 feb 2026
Riesgos Laborales (SRL)4 salarios mínimosRD$92,892.00
Familiar de Salud (SFS)10 salarios mínimosRD$232,230.00
Pensiones (SVDS)20 salarios mínimosRD$464,460.00

Fuente: TSS, nuevos topes de cotización del régimen contributivo. Ver también la tabla de aumento salarial 2026.

Prueba la calculadora de costo de nómina para estimar el aporte del empleador con estas tasas y topes.

¿Qué pasa si pagas tarde?

Según la TSS, los montos no pagados a tiempo generan un recargo equivalente a la rentabilidad mensual promedio del sistema de capitalización individual del mes anterior, más una penalidad de 0.3 % mensual. Pagar dentro del plazo evita recargos y problemas de cobertura para tus trabajadores.

Además de la TSS

La TSS es solo una parte del cumplimiento laboral. Como empleador también debes retener y pagar el impuesto sobre la renta de tus asalariados ante la DGII cuando corresponda, y cumplir con el Código de Trabajo y las disposiciones del Ministerio de Trabajo.

Delega la nómina y el cumplimiento

Con nuestro outsourcing de personal, el colaborador es empleado de FL Betances: lo registramos en la TSS, reportamos novedades, pagamos salario, beneficios y aportes, y declaramos ante la DGII. Tú diriges el trabajo diario.

Ver outsourcing de personal

Preguntas frecuentes sobre la TSS

¿Cuándo vence el pago a la TSS?

La notificación de pago debe pagarse hasta el tercer día laborable del mes siguiente. La TSS genera las notificaciones a partir del día 20 de cada mes.

¿Cuándo debo registrar a un nuevo empleado en la TSS?

A más tardar el día anterior a que inicie sus labores, para que esté cubierto por el Seguro de Riesgos Laborales desde su primer día.

¿Cuánto aporta el empleador a la TSS?

7.10 % para pensiones (SVDS), 7.09 % para salud (SFS) y entre 1.1 % y 1.3 % para riesgos laborales (SRL). A eso se suma el 1 % de INFOTEP, que también se recauda a través del SUIR.

¿Qué recargo se aplica si pago tarde?

Un recargo equivalente a la rentabilidad mensual promedio del sistema de capitalización individual del mes anterior, más una penalidad de 0.3 % mensual sobre el monto no pagado.

¿Puedo delegar estas obligaciones a un tercero?

Sí. En el outsourcing de personal, la empresa proveedora es el empleador: registra al colaborador, reporta novedades y paga los aportes a la TSS. En FL Betances asumimos por contrato esas obligaciones para los colaboradores que asignamos a tu empresa.

Enlaces oficiales

Aviso: información orientativa elaborada a partir de fuentes oficiales al 22 de septiembre de 2026. No constituye asesoría legal, laboral ni tributaria. Verifica siempre la normativa vigente con la TSS o tu asesor.