Recursos para empleadores · Seguridad social
Qué debe hacer una empresa en República Dominicana para cumplir con la Tesorería de la Seguridad Social: registro, novedades, aportes, topes 2026, plazos de pago y recargos.
Actualizado: 22 de septiembre de 2026 · Fuentes: TSS, DIDA e INFOTEP
Todo empleador del régimen contributivo del Sistema Dominicano de Seguridad Social (SDSS) debe registrar su empresa y a sus trabajadores, reportar cada mes los cambios de su nómina y pagar a la TSS los aportes del empleador junto con lo retenido a cada trabajador. Todo se gestiona en línea en el Sistema Único de Información y Recaudo (SUIR).
| Seguro / aporte | Empleador | Trabajador | Total |
|---|---|---|---|
| Pensiones · Seguro de Vejez, Discapacidad y Sobrevivencia (SVDS) | 7.10 % | 2.87 % | 9.97 % |
| Seguro Familiar de Salud (SFS) | 7.09 % | 3.04 % | 10.13 % |
| Seguro de Riesgos Laborales (SRL) | 1 % + 0.1 % a 0.3 % | — | 1.1 % a 1.3 % |
| INFOTEP (recaudado vía SUIR) | 1 % de la nómina | 0.5 % de las utilidades anuales | — |
Fuentes: DIDA, generalidades del SDSS e INFOTEP, financiamiento. El SRL tiene una cuota básica fija de 1 % más una cuota variable de 0.1 % a 0.3 %.
Los aportes se calculan sobre el salario reportado, hasta un tope por seguro. Desde el 1 de febrero de 2026, con un salario mínimo nacional de referencia de RD$23,223.00:
| Seguro | Múltiplo | Tope mensual desde 1 feb 2026 |
|---|---|---|
| Riesgos Laborales (SRL) | 4 salarios mínimos | RD$92,892.00 |
| Familiar de Salud (SFS) | 10 salarios mínimos | RD$232,230.00 |
| Pensiones (SVDS) | 20 salarios mínimos | RD$464,460.00 |
Fuente: TSS, nuevos topes de cotización del régimen contributivo. Ver también la tabla de aumento salarial 2026.
Prueba la calculadora de costo de nómina para estimar el aporte del empleador con estas tasas y topes.
Según la TSS, los montos no pagados a tiempo generan un recargo equivalente a la rentabilidad mensual promedio del sistema de capitalización individual del mes anterior, más una penalidad de 0.3 % mensual. Pagar dentro del plazo evita recargos y problemas de cobertura para tus trabajadores.
La TSS es solo una parte del cumplimiento laboral. Como empleador también debes retener y pagar el impuesto sobre la renta de tus asalariados ante la DGII cuando corresponda, y cumplir con el Código de Trabajo y las disposiciones del Ministerio de Trabajo.
Con nuestro outsourcing de personal, el colaborador es empleado de FL Betances: lo registramos en la TSS, reportamos novedades, pagamos salario, beneficios y aportes, y declaramos ante la DGII. Tú diriges el trabajo diario.
Ver outsourcing de personalLa notificación de pago debe pagarse hasta el tercer día laborable del mes siguiente. La TSS genera las notificaciones a partir del día 20 de cada mes.
A más tardar el día anterior a que inicie sus labores, para que esté cubierto por el Seguro de Riesgos Laborales desde su primer día.
7.10 % para pensiones (SVDS), 7.09 % para salud (SFS) y entre 1.1 % y 1.3 % para riesgos laborales (SRL). A eso se suma el 1 % de INFOTEP, que también se recauda a través del SUIR.
Un recargo equivalente a la rentabilidad mensual promedio del sistema de capitalización individual del mes anterior, más una penalidad de 0.3 % mensual sobre el monto no pagado.
Sí. En el outsourcing de personal, la empresa proveedora es el empleador: registra al colaborador, reporta novedades y paga los aportes a la TSS. En FL Betances asumimos por contrato esas obligaciones para los colaboradores que asignamos a tu empresa.
Aviso: información orientativa elaborada a partir de fuentes oficiales al 22 de septiembre de 2026. No constituye asesoría legal, laboral ni tributaria. Verifica siempre la normativa vigente con la TSS o tu asesor.